Falta de criterio
O sobre criterios discrepantes en cómo traducir las pruebas electrónicas al formato Código legal del siglo XIX, es de lo que trata el artículo que hoy publica Tomàs Delclós en el CiberPa@ís.
Es más que preocupante que un Juez, y aquí expreso una opinión enteramente personal, crea que la afección de derechos fundamentales de una grabación sea la misma que la de un portero testigo que guarda la imagen, en mejor o peor formato, en su memoria personal e intransferible. Que la acreditación del hecho sea similar (yo siempre, por su profesionalidad constatada en la recolección de información, me fiaría más del portero) no quiere decir que la obtención de la prueba no se encuentre sujeta a distintos criterios, sobre todo de respeto a derechos fundamentales. Vaya con el Juez Maza y su analogía analógica.
Por cierto, Tomás, gracias por sacarnos a los de AEDEL en medio de este embrollo como si fuéramos los supermanes de la evidencia electrónica.
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