Módulos, autónomos y retenciones
La retención para autónomos que declaren por módulos se aplicará desde abril. Como consecuencia de la demora en la publicación del nuevo Reglamento del IRPF y de la Orden de Módulos para 2007, la nueva retención del 1% sobre los rendimientos netos de los autónomos que tributen por estimación objetiva no podrá aplicarse previsiblemente hasta el próximo 1 de abril.
La aplicación de esta retención no podrá realizarse hasta la finalización del plazo de renuncias y revocaciones, que acaba, en principio, el 31 de marzo de este año. Así, los autónomos deberán decidir antes de dicha fecha si se acojen o no a la tributación por módulos. Una vez en aplicación, la citada retención sólo será aplicable a aquellas facturas que se emitan a partir de ese momento.
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