Módulos, autónomos y retenciones

9Sep2007 Archivado en Píldoras legales

La retención para autónomos que declaren por módulos se aplicará desde abril. Como consecuencia de la demora en la publicación del nuevo Reglamento del IRPF y de la Orden de Módulos para 2007, la nueva retención del 1% sobre los rendimientos netos de los autónomos que tributen por estimación objetiva no podrá aplicarse previsiblemente hasta el próximo 1 de abril.

La aplicación de esta retención no podrá realizarse hasta la finalización del plazo de renuncias y revocaciones, que acaba, en principio, el 31 de marzo de este año. Así, los autónomos deberán decidir antes de dicha fecha si se acojen o no a la tributación por módulos. Una vez en aplicación, la citada retención sólo será aplicable a aquellas facturas que se emitan a partir de ese momento.

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