Paloma Llaneza

"Con lo gruñona que eres, molaría hacerte una serie". Rosa J.C.

Los plazos y agosto (i)

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Todos los años por estas fechas andamos todos intentando irnos de vacaciones con la tranquilidad de pensar que no nos correran los plazos o que no nos notificarán nada mientras estamos panza arriba en una playa.

Como recordatorio, vamos a ir contando las normas sobre inhabilidad del mes de agosto, que tiene excepciones que no hay que olvidar.

La norma general la establece el artículo 183 LOPJ: “Serán inhábiles los días del mes de agosto para todas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales (…)”

Los plazos procesales son diferentes a los sustantivos. A estos salvo que una Ley específica diga lo contrario, le son de aplicación las reglas del artículo 5 del Código Civil, que en su apartado 2 indica: “En el cómputo civil de los plazos no se excluyen los días inhábiles”.

No os confieis, que hay muchas excepciones.

Escrito por Paloma LLaneza

1 de Agosto de 2007 a las 9:00

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1 comentario a 'Los plazos y agosto (i)'

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  1. Tu comentario me ha recordado la anécdota del ejecutivo que recibe una fax a última hora del viernes. Lo lee con calma, reflexiona un momento y lo deja encima su mesa mientras piensa:

    - ¡Qué disgusto me voy a llevar cuando vuelva el lunes!

    Ale, de vacaciones :-)

    Javier Pérez

    1 Aug 07 a las 9:52

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