Con el apresuramiento de fin de año se aprobó la Ley de mejora de la protección de los consumidores y usuarios que supone la incorporación de algunas de las peticiones que todos, como consumidores, veníamos realizando desde hacía tiempo.
Entre las más solicitadas y conseguidas están la relativa al redondeo al alza -estableciendo el cobro por tiempo real en los aparcamientos- y la de la agilización de las bajas con proveedores de servicios. Esta última se había convertido en un clamor entre los que alguna vez habían intentado darse de baja de los servicios de telefonía móvil y ADSL.
De manera tímida, aunque se agradezca igualmente, se establecen algunas “protecciones” a los consumidores cuando compran piso. Pasa por el jeribeque jurídico de considerar que aquellas cláusulas que les trasladen gastos que corresponden al vendedor tienen carácter abusivo, por ejemplo, impuestos en los que el sujeto pasivo sea el vendedor (plusvalía .. ), o los gastos de las conexiones a los suministros generales de la vivienda (enganche del suministro de agua, alcantarillado, etc…).
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