Y no me refiero precisamente a la NSA y a los chicos de Echelon, sino a la tributaria de aquí que anda entre creativa y torpe en la persecución del fraude fiscal. Creativa porque, junto con las medidas de la Ley Antifraude, se le van ocurriendo algunas que cierran el cerco de algunos sectores de endémica elusión fiscal, pero que siguen sin tener un efecto significativo en las grandes bolsas de fraude que son de todos conocidas.
Así, siguen explotando el data minning de los declarantes hasta la extenuación, mientras los que no aparecen en las bases de datos o aparecen con datos que no disparan las alertas, siguen viviendo a costa del contribuyente.
Junto con la reciente medida de fotografiado aéreo para descubrir las irregularidades fiscales cometidas por las nuevas urbanizaciones, viene una de año nuevo de lo más interesante consistente en controlar los Centros de Negocio.
Al parecer, el director de la Agencia Tributaria y el presidente de la Asociación Española de Centros de Negocios (ACN) han firmado un Acuerdo de Entendimiento para la prevención del fraude fiscal, dentro del más general de colaboración de los agentes sectoriales para evitar y detectar los fraudes e incumplimientos fiscales.
Este Acuerdo establece un sistema estable de colaboración mutua en la prevención y lucha contra el fraude en el ámbito de la inscripción de las empresas en el censo y la obtención del NIF correspondiente. En especial, se pretende evitar la utilización de domicilios ficticios y el alta en el censo de empresas utilizando direcciones de centros de negocios sin que exista vinculación contractual alguna con dichos centros.
Con ese fin, se habilitará un canal de comunicación fluido para advertir sobre circunstancias especiales, anómalas o sospechosas relativas a la utilización de la dirección de centros de negocios para la creación de empresas y, en concreto, para la obtención de NIF. Así la ACN comunicará a la Agencia Tributaria las empresas que dejen de ser clientes cuando haya sido el centro de negocios quien haya resuelto el contrato de prestación de servicios y concurran circunstancias especiales o anómalas y cuando el cliente, una vez terminado el contrato, siga utilizando irregularmente como domicilio social o fiscal el del centro de negocios.
Veo a la gente domiciliando empresas en Las Barranquillas. Y si no, al tiempo.
Esta es el blog personal de Paloma LLaneza. Gracias por visitarlo. Para comentarios, sugerencias o contactar conmigo: info[arroba]palomallaneza.com
josemaria
Enero 4th, 2007 at 13:15
A mi esto de las medidas antifraude en las operaciones inmobiliarias me parece un poco de risa porque estoy absolutamente convencido de que en gran medida se trata de un fraude consentido… Pongamos el ejemplo que todos conocemos y muchos hemos sufrido: el dinero negro en la compra/venta de pisos y la escrituración por debajo del valor de adquisición para ahorrarse impuestos. Yo en su día quise hacer la operación de compra sin entregar dinero en negro y tanto el director de la sucursal de mi caja de ahorros como el gestor de la inmobiliaria me dijeron que en ese caso jamás me compraría un piso porque nadie querría hacerme así la transacción. Luego cuando llegas al día de la firma de escritura te das cuenta de que tanto la entidad que te concede la hipoteca (que si, como fue mi caso, es una caja de ahorros está participada por un organismo público) como el notario son cómplices del intercambio porque la entrega del dinero B se hace en ese mismo acto. De hecho el director de la sucursal se encarga de extraer el dinero negro en cantidades menores a 3000 euros para no tener que notificarlas a Hacienda, cuenta el dinero delante de comprador y vendedor y le da apariencia de legalidad al intercambio… cuanto se aprende en estos sitios
A mi, tal vez ingenuamente, se me ocurre una forma muy sencilla de evitar este tipo de operaciones. Si las entidades tuviesen la obligación de declarar a Hacienda con una semana de antelación los datos de estas transacciones y cuando van a realizarse podrían organizarse visitas sorpresa de inspectores… ¿qué te parece?
Paloma
Enero 4th, 2007 at 17:24
Los bancos ya tienen obligación legal de notificar las operaciones sospechosas de blanqueo de capitales. Que cumplan de manera remolona y hagan el paripé notificando al SEBPLAC (www.sebplac.es) para cumplir el reporting sistemático y sin contárselo al cliente, operaciones en efectivo por encima de 3000 euros o que te niegas a decir a que te dedicas, no les exhonera de identificar las operaciones sospechosas de blanqueo (que incluyen las que tienen por detras una elusión fiscal). También tienen esta obligación, por cierto y para que te de un ataque de risa, las propias inmobiliarias. No te tengo que decir qué grado de cumplimiento tiene; mírate la memoria del SEPBLAC si tienes curiosidad. Es tan cantosa la situación que el SEPBLAC no ha salido muy bien parado en el último informe por su poca capacidad de controlar el blanqueo que a todo el mundo le consta se está produciendo en España.
Y lo peor es que tú usas dinero blanco -por que no tienes dinero B- y para poder comprarte una casa tienes que ennegrecerlo (con la ayuda del banco) para que otro declare menos en renta o en sociedades.
lobezno
Enero 4th, 2007 at 23:06
Risa no querida Paloma, las medidas antifraude de nuestra querida Agencia nos deben causar estupor; unicamente se toman medidas de cara a la galeria y año tras año se demuestran eficaces con los que ya hemos declarado; pero eso si, suben las estadisticas de cara a que el director de turno consiga mantener su puesto un añito más.